¿En que consiste el Testamento Notarial Cerrado?

Picture of Daniel López Vivas

Daniel López Vivas

Profesional volcado en el trato a sus clientes, dedicándose de manera exclusiva a la práctica de la Abogacía y prestando por igual servicios tanto a empresas como particulares.

Cabe decir, que este testamento no es nada habitual, ya que por su propia naturaleza conlleva una componente de misterio, que en la realidad prácticamente no se da nunca.

Se trata de un tipo de última voluntad, en el que las intenciones del testador (es decir de la persona que hace testamento) respecto de sus bienes, son secretas, no conociéndose a quien se les van a dejar, hasta después de su muerte.

Es decir, si con el testamento abierto, del que ya hablamos en este blog, podemos obtener una copia del documento y saber lo que dice, en el cerrado simplemente se nos certificará que se firmó un testamento un día concreto y en una Notaría determinada, por lo que no podremos saber su contenido, hasta que se proceda a su protocolización.

Es decir, mediante este tipo de testamento, el testador simplemente le entrega por escrito al Notario, un sobre cerrado y sellado, al que se denomina plica y que se firma por los asistentes, por lo que en esas condiciones, el Notario solamente da fe de que le han entregado ese sobre y que contiene la voluntad de ese señor, ya que el propio fedatario público también desconoce su contenido.

Obviamente, esta modalidad de testamento, está totalmente prohibida a los ciegos y a las personas analfabetas, ya que con personas en esas condiciones, pudiera ser que el testamento incluyera la voluntad de un familiar avispado, pero no la de la persona que quiere dejar testamento, que en ese caso sería muy vulnerable.

¿En que formas se puede plasmar este testamento?

Respecto de los requisitos de forma para este testamento, se admiten varias posibilidades, como pueden ser que vaya redactado por el propio testador a mano o incluso a máquina, no siendo obligatorio que sea él en persona quien lo haya redactado, ya que simplemente se le exige al testador, que esté conforme con lo que allí se establece.

Es importante decir, que este tipo de testamento, a diferencia del abierto, no genera efectos de manera inmediata, ya que debe ser protocolizado notarialmente, lo cual es un problema porque nos obliga a volver a acudir al Notario de manera obligatoria, con el consiguiente sobrecoste que todo ello supone.

En LOPEZ VIVAS ABOGADOS, desde nuestro Despacho en Cáceres, estamos especializados en Herencias y Sucesiones, por lo que estaremos encantados de atenderles.

Para facilitarle a los clientes la posibilidad de acudir a un Abogado a reclamar sus Derechos, la Primera Consulta es Gratuita y nuestros Honorarios son Negociables.

Compartir en:

Facebook
WhatsApp
Twitter
LinkedIn
Email

Artículos relacionados:

reserva tu cita

PRIMERA CONSULTA GRATUITA

Visite nuestro despacho en cáceres

¿En qué podemos ayudarle?

Desde 1993 proporcionamos a nuestros cliente el mejor servicio de consultoría legal en Cáceres. Estamos preparados para ofrecerle la solución que su problema requiere.