Esa despenalización, afecta muy profundamente a la reclamación de las lesiones, ya que los Accidentes de Tráfico más comunes, se suelen producir por imprudencias leves. Así por ejemplo, pensemos en una colisión por alcance porque el vehículo de delante se para y el que le sigue no se da cuenta de esa detención o por ejemplo, en un siniestro que se produce porque uno de los implicados se salta un Ceda el Paso en una ciudad.
Pues bien, todos esos casos eran imprudencias leves y ahora están fuera de la Jurisdicción Penal, por lo que solamente cabe reclamarle al conductor culpable y a su Compañía de Seguros mediante una Demanda Civil.
En ciertos aspectos, se puede decir que la despenalización no es mala, porque muchas veces se condenaba penalmente a alguien por un comportamiento sin importancia y que vemos a diario en las ciudades, como esos que hemos relatado anteriormente, por lo esos conductores que resultaban culpables del accidente, tenían que pagar una multa penal de su propio bolsillo.
Y es que esas multas penales, que se materializaban en el pago de una cantidad diaria durante un periodo de tiempo (Por ejemplo, se condenaba a una Pena de Multa de 2 € diarios durante 3 meses) los seguros no las cubren, por lo que era el conductor quien tenía que hacer frente a ese pago, teniendo siempre la espada de Damocles sobre su cabeza, de que en caso de no pagar, esa Pena de Multa se transformaba en Pena de Prisión (Obviamente esto no sucedía casi nunca).
¿Qué pasa con los accidentes más graves?
Hay que dejar claro que para los casos más graves, siempre habrá condena penal, tanto antes como después de la reforma.
Así, cuando nos encontremos en supuestos en los que un conductor comete una Imprudencia Grave, el conductor culpable podrá ser condenado a Pena de Multa o a Prisión dependiendo de la peligrosidad de su comportamiento, pudiendo igualmente ser condenado a la retirada del Carnet de Conducir.
-¿Qué se solía hacer antes de la reforma después de un accidente?
Con la regulación anterior, cuando el perjudicado había resultado lesionado, siempre se presentaba denuncia en el Juzgado, aunque fuera simplemente para que el Médico Forense del Juzgado pudiera ver su estado físico y dictar un Informe (llamado Informe de Sanidad), en el que se nos decían los días de baja y secuelas que le quedaba al accidentado.
Esa estimación, nos permitía a los Abogados calcular la indemnización que le correspondía, aplicando el Baremo correspondiente, por lo que ese Informe de Sanidad era un instrumento clave en la resolución de este tipo de conflictos.
Cabe decir que en gran parte de los casos, si la culpa de los conductores estaba clara, se llegaba a un acuerdo con la Aseguradora del conductor contrario.
Desconozco en qué porcentaje, pero puedo asegurar que una gran mayoría de procedimientos, se arreglaban antes de llegar a juicio o incluso en el pasillo antes de entrar en la vista, por lo que se le ahorraba a la Administración de Justicia, tener que invertir medios personales y materiales en un juicio más.
Y es que aunque se podían presentar Informes Médicos privados, la opinión del Médico Forense, al ser un funcionario imparcial del propio Juzgado, y salvo error manifiesto, era prácticamente imposible de tumbar. Es decir, como se solía decir en argot de Abogados, las lesiones recogidas en el Informe Forense, van a Misa.
¿Cuál es la situación actual tras la reforma?
Actualmente y de acuerdo a la regulación, cualquier denuncia se archiva inmediatamente sin tiempo para que el forense vea al lesionado, por lo que ya los Abogados, ni siquiera las presentamos.
Una vez más, se hace una reforma que no solo no favorece a las víctimas de los accidentes, sino que le está poniendo más trabas para reclamar su indemnizaciones, ya que presentar una denuncia y que te viera el Forense, era totalmente gratuito, mientras que actualmente al accidentado, no le va a quedar más remedio que buscarse un médico privado para que le haga un trabajo, que anteriormente le hacía gratis el forense.
A algunos accidentados, ese informe se lo cubrirá el seguro, pero a otros, como por ejemplo a los peatones, se lo van a tener que pagar de su bolsillo, lo que sin ninguna duda, va a causar que muchos perjudicados dejen de reclamar la indemnización que les corresponde.
En LOPEZ VIVAS ABOGADOS desde nuestro Despacho en Cáceres, estamos especializados en Accidentes de Tráfico y en Accidentes de Trabajo, por lo que podemos ayudarle a reclamar la mayor indemnización que le pueda corresponder.
De cualquier forma, nuestra Primera Consulta es Gratuita y solamente cobramos si Ud. cobra, actuando en Todo el territorio nacional.