¿Qué es la pensión compensatoria?

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Daniel López Vivas

Profesional volcado en el trato a sus clientes, dedicándose de manera exclusiva a la práctica de la Abogacía y prestando por igual servicios tanto a empresas como particulares.

La Pensión Compensatoria se establece bien judicialmente, bien por acuerdo entre las partes, para reparar el desequilibrio económico que puede producir la ruptura matrimonial en uno de los cónyuges.

Se constituye para compensar, por ejemplo y este es el caso típico que nos encontramos en LOPEZ VIVAS ABOGADOS, la dedicación de uno de los cónyuges al cuidado del hogar y de la familia durante el matrimonio (Ama de Casa), mientras el otro se ha dedicado principalmente a mantener económicamente a la familia.     

Así, se entiende que ese cónyuge que se ha dedicado a cuidar a la familia, va a salir perjudicado con el divorcio, ya que va a tener que buscarse un trabajo, lo cual muchas veces no es fácil.

No es tan habitual como la de Pensión de Alimentos a los hijos, que se fija siempre, sino que la Compensatoria sólo se concede en algunos casos.

-¿Cuáles son los requisitos?

En primer lugar, es fundamental apreciar la existencia de ese desequilibrio entre las partes, es decir, que uno va a salir del divorcio mejor librado que el otro y con una mejor situación económica.

Una vez fijada esa cuestión, hay que tener en cuenta otras circunstancias para fijar cual va a ser la cantidad concreta que se va a tener que pagar:

–        Nivel de vida de la pareja. A más alto, más elevado será el importe de la pensión.

–        La dedicación a la familia. Si uno de los cónyuges se ha dedicado solamente a ama de casa, es más fácil que se la concedan.

–        La duración de la convivencia. A mayor tiempo de duración del matrimonio, más fácil que se conceda. De hecho es muy poco habitual que se conceda a parejas jóvenes con poco tiempo de convivencia, porque se entiende que no ha habido tiempo para que se produzca ese desequilibrio.

–        La edad de los cónyuges. Se entiende que a mayor edad, más tiempo se ha dedicado al matrimonio y más difícil le va a ser encontrar un trabajo. Desgraciadamente en España, el mercado de trabajo no quiere trabajadores mayores.

–        Formación y cualificación de los cónyuges. Cuanto más baja sea la formación de la persona que pide la pensión, se entiende que más difícil va a ser su incorporación al Mercado de trabajo, por lo que más necesidad tiene de la pensión compensatoria.

-¿Cuál sería un ejemplo claro de Pensión Compensatoria?

Pues mira, el ejemplo más claro de cuando es necesaria una pensión compensatoria, podría ser el siguiente:

Pensemos en un matrimonio de unos 55 años, que llevaba más de 30 años juntos y tenía 6 hijos. Tienen una distribución de tareas del hogar, llamémosle clásica, por la que ella se encarga de la casa y de los niños, que ya son mayores y él de trabajar para mantenerlos a todos.    Es decir, solamente entra en casa el dinero del marido, pero ella ha tenido un trabajo casi más duro y mucho menos reconocido, que es criar a 6 hijos.

Pues bien, como ya he dicho, aproximadamente con 55 años el matrimonio decide divorciarse, por lo que la mujer, se encuentra con que en esas circunstancias y ya con los hijos mayores, tiene muy difícil conseguir ingresos, ya que tiene muy baja empleabilidad, puesto que llevaba 30 años sin trabajar, por lo que no tenía prácticamente experiencia y solamente estudios básicos.

Es decir, en este caso es claro el desequilibrio entre los cónyuges, ya que el marido salía del divorcio con un trabajo e ingresos regulares, mientras que la mujer lo tenía muy difícil para encontrar un empleo, por lo que es clara la necesidad de una Pensión Compensatoria.

En LOPEZ VIVAS ABOGADOS desde nuestro Despacho en Cáceres, estamos especializados en la solicitud de Pensiones Compensatorias y en todas las cuestiones relacionadas con el Derecho de Familia, por lo que estaremos encantados de atenderle.

Para facilitarle a los clientes la posibilidad de acudir a un Abogado a reclamar sus Derechos, la Primera Consulta es Gratuita y nuestros Honorarios son Negociables.

 

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