En este artículo, vamos a hablar de las consecuencias que tiene para el propietario de un automóvil, que éste le sea declarado Siniestro Total.
Para ello, se hace necesario recordar que un vehículo es declarado Siniestro Total, cuando es más alto el valor de su reparación, que el valor del propio coche en el momento de producirse el Accidente de Tráfico.
Y es que debemos pensar, que cuando aseguramos un vehículo, lo que estamos realmente asegurando es su valor económico, por eso varían tanto los importes de las primas de un modelo a otro y no cuesta lo mismo por ejemplo, asegurar un SEAT Ibiza, que un AUDI R8.
Todo esto conlleva que habitualmente nos encontremos con que alguno de nuestros clientes tiene un coche viejo, que no lo utiliza para grandes viajes, pero que le hace un servicio por ciudad de manera habitual y tras tener un accidente con el coche, solamente le ofrecen 900 € o 1.000 € de indemnización.
Y es que en estos casos, cuando el propietario reclama a la compañía contraria para que le reparen el coche, se va a encontrar con que aunque vaya a juicio, a esa compañía solamente le van a condenar a abonar el valor venal de ese coche, incrementado en una cantidad de entre un 25 y un 50%, dependiendo del caso; salvo que él quiera adelantar el dinero de la reparación y después ir a juicio, situación en la que podríamos pelear en el Juzgado, que le indemnizaran por el total de lo gastado en dejar el vehículo en el mismo estado en que se encontraba antes del accidente.
¿Qué es el valor venal de un vehículo?
Es el valor que supuestamente tendría el vehículo accidentado, que obviamente es un vehículo usado, en el momento anterior a que sufriera el accidente.
Como ya hemos dicho, habitualmente se queda muy corto, por lo que judicialmente se suele ampliar entre un 25 o un 50%, con la intención de que el conductor afectado, se puede comprar en el mercado de segunda mano, un vehículo equivalente al que tenía, cuestión que muchas veces no es posible.
Y es que los precios de los vehículos para calcular ese Valor Venal, se calculan en virtud del famoso GANVAM, que es el listado de precios que elabora anualmente la ASOCIACIÓN NACIONAL DE VENDEDORES DE VEHÍCULOS A MOTOR, REPARACIÓN Y RECAMBIOS y que solamente tiene en cuenta el modelo y el año de matriculación.
Es decir, lo mismo da a efectos de la indemnización que vamos a recibir, que nuestro coche lo tuviéramos antes del accidente tan impoluto que pareciera de un coleccionista o totalmente cochambroso, ya que finalmente nos van a dar el mismo dinero.
Salta a la vista que esa utilización del Valor Venal, muchas veces es injusto, pero desgraciadamente es el sistema que tenemos en vigor, intentando en LOPEZ VIVAS ABOGADOS desde nuestro Despacho en Cáceres y como expertos en Accidentes de Tráfico, ayudarle a conseguir la mayor indemnización posible.
Para ponérselo más fácil, la Primera Consulta es Gratuita y solamente cobramos si Ud. cobra, por lo que le va a salir gratis la reclamación de sus lesiones y de los daños materiales, prestando servicio en todo el territorio nacional.